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Enviado por julian.valenciaa el
Documento de Voluntad Anticipada: ¿qué es y cómo formalizarlo?
Documento de Voluntad Anticipada: ¿qué es y cómo formalizarlo?

El Documento de Voluntad Anticipada (DVA) es un instrumento mediante el cual toda persona capaz, ya sea sana o con alguna condición de salud, y en pleno uso de sus facultades legales y mentales, puede expresar de manera libre, consciente e informada sus decisiones sobre la atención en salud que desea recibir al final de la vida. Este documento se elabora como una previsión para el caso en que, en el futuro, no sea posible manifestar dicha voluntad.

 

 

El DVA garantiza el derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la autonomía, permitiendo que las decisiones de la persona sean respetadas incluso cuando, por diversas circunstancias, no pueda expresarlas directamente. No obstante, este documento no reemplaza la posibilidad de decidir ni de otorgar el consentimiento de forma actual durante el proceso de atención en salud, siempre que la persona conserve su capacidad legal y mental.

Para su elaboración, es importante tener en cuenta las orientaciones y ejemplos disponibles, con el fin de construir un DVA acorde con los valores personales, el entorno cultural, las creencias y la ideología de cada individuo. Antes de redactarlo, se recomienda contar con asesoría médica, que permita tomar decisiones informadas y acordes con la situación de salud y las expectativas personales.

¿Cómo se formaliza el Documento de Voluntad Anticipada?

El Documento de Voluntad Anticipada (DVA) puede formalizarse de tres maneras, según la elección de la persona:

1. Ante notaría

El documento puede suscribirse directamente en una notaría o con la asistencia del notario en el domicilio de la persona. En este caso, se debe protocolizar mediante una escritura pública que cumpla con la normativa notarial vigente. La certificación notarial no puede ser exigida por terceros para validar las otras formas de formalización del DVA.

2. Con el médico tratante

El DVA puede firmarse con la asesoría de un profesional de la salud. El médico debe suscribir el documento e incluir sus nombres y apellidos, número de registro médico y documento de identificación. Esta modalidad no requiere la presencia de testigos.

3. En presencia de testigos

Otra alternativa es firmar el documento ante dos testigos, quienes también deben firmarlo e indicar sus nombres y números de identificación. Si la persona elige realizar la suscripción mediante video, los testigos deben aparecer en la grabación y declarar claramente su identidad.

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